miércoles, 3 de noviembre de 2010

LOS NIÑOS COMO SUJETOS DE DERECHO



Es innegable que hasta hace unas décadas atrás los castigos físicos y psicológicos hacia los chicos estaban admitidos socialmente.

Los padres tenían derecho a castigarlos de cualquier manera que creyesen conveniente en pos de su educación.

Y, por supuesto, nadie hablaba del abuso sexual infantil, las familias cerraban los ojos ante cualquier insinuación relacionada con la problemática.

En cuanto al ámbito escolar, a fines del siglo XIX y principios del XX el castigo físico de los niños por parte de los docentes era rutinario, si no fuimos testigos, nuestros padres o abuelos nos lo han contado.

No mucho tiempo atrás, en el año 1989, se sancionó la Convención Internacional por los Derechos del Niño.

Hasta ese momento, el marco de referencia en cuanto a la protección de la infancia era la Declaración de los Derechos del Niño de 1959, y entre ambos documentos existen diferencias importantes: entre otros aspectos, se pasa de la noción de niño “objeto de protección” a “sujeto de derecho”.

Contar con un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social y a ser protegido contra todas las formas de abuso y explotación sexuales, son sólo algunos de los derechos del niño.

Los padres deben ser los primeros, antes que el Estado, en velar por su bienestar y otorgarles todas las garantías para desarrollarse como individuos.

Cuando esto no sucede, cuando se los expone a situaciones violentas dentro de su grupo primario de referencia, cuando en el mismo ámbito que debe protegerlos se los abusa física y mentalmente, el niño es marcado a fuego en su todavía inmaduro sistema emocional.

Su relación con el mundo, y con él mismo, dependen en gran parte de sus experiencias infantiles y es urgente ser conscientes de ello.

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